Roberto Castro Chaves
La democracia no hay que mantenerla en su estado actual, porque tiende a anquilosarse, o las instituciones encargadas de su administración a no observar su condición dinámica, por esta razón ese sistema tan fructífero y beneficioso para un país con gran vocación para conservarla, cada día tenemos que tratar de mejorarla, para prolongar su existencia y que el mayor número de los que la disfrutan lo continúen haciendo.Este modelo inspirado en el derecho humano para que cada cual, deba ser respetado como ser individual y social, por el solo hecho de ser persona, ante tal circunstancia y a sabiendas de que los gobernantes son simples depositarios del poder temporal, que los ciudadanos le otorgan mediante el voto, es transcendental valorar ese hecho, tan simple pero significativo, que a veces no valoramos y lo concebimos únicamente como un acto de rutina.
La soberanía reside en el pueblo, el pueblo lo constituyen los electores, cada ciudadano es poseedor de su soberanía personal y el hecho de votar implica transferir su propia soberanía al candidato por el cual se está votando. Esto implica ni más ni menos que el candidato que recibe el voto está recibiendo la potestad ciudadana de cada elector, y por consiguiente asume la responsabilidad electoral de satisfacer las expectativas que el elector espera que cumpla. El problema es que el ciudadano después de haber emitido su voto y si el gobernante no cumple con lo prometido, él no tiene la posibilidad efectiva de retirarle su apoyo, para lo cual debe esperar hasta que termine el período legal.
Este punto es de suma importancia por cuanto, ciertamente el ciudadano transfiere parte de sus derechos a su candidato o ciudadano electo, el hecho no puede convertirse en un castigo para el elector, por el hecho de haber votado de manera equivocada; por consiguiente debe existir un mecanismo correctivo para enderezar su equivocación. Aquí estamos ante la necesidad de que exista la posibilidad de valorar la eficiencia y eficacia política del gobernante, de tal manera que si no está cumpliendo con lo ofrecido, el electorado pueda removerlo de su cargo.
Ese mecanismo existe en otras latitudes pero nosotros no lo hemos intentado hacerlo a nivel de Gobierno Central, aunque de alguna manera está previsto en el artículo 18 y 19 del Código Municipal, para efectos del Alcalde. Nosotros nos hemos ceñido en la duración fija del período de la administración, pero de alguna manera deberíamos valorar la posibilidad de remover al presidente en casos calificados antes de concluir su período, o prolongarlo si fuera del caso, lo que en otras palabras significa valorar la responsabilidad que implica solicitar un voto y no cumplir con lo que se ha ofrecido, pero lo más grande es reconocer el VALOR DEMOCRÁTICO QUE REPRESENTA EL VOTO Y EL DERECHO DEL ELECTOR POR HACER VALER SU ACCIÓN DE VOTAR.
Comentarios Facebook