Los escrutinios de TSE

Roberto Castro Ch.

Roberto Castro Chaves

Hay algunos compañeros que no han tenido oportunidad de conocer la organización y funcionamiento de los Escrutinios en el TSE, razón por la que me voy a permitir hacer un breve resumen que forma la idea de su consistencia.

El escrutinio tiene el objetivo del TSE y los fiscales de los partidos puedan observar no solo el resultado electoral de cada junta receptora, sino también poder analizar la manera de la operación de cada una de ellas durante el día de las elecciones. Ahora bien el Código Electoral establece este mecanismo de control y evaluación pero se supone que debe aplicarse a todas las juntas receptoras del país, sin embargo por razones, suponemos de ahorrar tiempo por parte del Tribunal, lo hacen selectivamente conforme a un Reglamento que ellos publican y entonces hay una gran cantidad de juntas que ellos suponen que vienen perfectas, y por tanto no se escrutan, situación que políticamente es inaceptable, dado que todos sabemos que en materia electoral es difícil encontrar un comportamiento justo y equitativo de todos los que participan en el proceso.(En esta oportunidad se dejaron de escrutar entre el 70 y el 80 % de las mesas)

Para los efectos correspondientes el Tribunal ubica cinco mesas grandes donde caben hasta 25 personas, al inicio de la mesa se encuentra un Magistrado que dirige la operación de la mesa y a ambos lados se ubican estratégicamente y a conveniencia los fiscales de los partidos y el personal operativo del tribunal, que son los encargados de abrir, contar y valorar las papeletas que contiene cada sobre. Previo a este proceso existe un personal encargado de traer desde las bodegas al lugar de la sesión, los sacos que contienen el material electoral recipiente que ellos denominan tulas, que de acuerdo al diccionario, es el toque de los niños cuando juegan “quedó”, pero por alguna razón así las identifica el Tribunal. Lo interesante de la ceremonia es que una vez ubicadas las cinco mesas e instalados los recursos humanos hay un magistrado que actúa como Presidente de la sesión, y este es el encargado de abrir y cerrar el acto, lo que implica el inicio y el cierre del trabajo.

Abierta la sesión todas las mesas inician su trabajo y conforme a las necesidades los funcionarios del Tribunal van abriendo los sacos, las mesas que indican “No procede el recuento de la junta” de acuerdo a la evaluación realizada por los funcionarios encargados de ello, únicamente se extrae el Padrón Registro usado en la mesa y se compara con los datos digitados previamente y si hay coincidencia entre estos y el padrón, se regresan a su saco y continúa el proceso. En el caso de que la anotación previa califica para que los documentos sean escrutados entonces aparece la observación que indica “Se procede con recuento de votos… y se indica la razón y se señala el respaldo reglamentario que en el caso de este año es el decreto 18-2015). Ante esta situación se procede a sacar todos los sobres y a revisarlos detenidamente. Este es la parte del proceso en que los fiscales partidarios “pelan el ojo” para evitar o que el recuento de las papeletas no sea el correcto, que los votos del sobre sean realmente lo que indica el sobre, que sean válidos de acuerdo a la emisión del voto o el contenido de las firmas o la nitidez del sufragio. En este caso es donde se da la recuperación de votos, primero que eventualmente se indica que es voto nulo pero evidentemente no lo es, de tal manera que el fiscal solicita al magistrado su opinión al respecto, si el criterio del magistrado es distinto al del fiscal, aún existe el recurso de enviarlo a consultar con los magistrados de las otras mesas, de tal manera que de vuelta la papeleta a la mesa de origen se puede observar el criterio de los señores magistrados y así no sólo se puede rescatar un voto, sino que además se sienta el precedente para casos similares que en lo sucesivo sucedan.

Existen casos en que en las juntas receptoras ubican papeletas que evidentemente pertenecen a un partido y los ubican en sobres que corresponden a otro partido o en sobres destinados a otro propósito como votos nulos, en blanco etc. Aunque parezca ilógico este hecho es muy frecuente y en casos se rescatan hasta una decena de votos legítimos en sobres distintos a los destinados. Este hecho es donde el fiscal recupera votos, sea que son válidos y vienen en el sobre de nulos, pero el caso es que los funcionarios del Tribunal realizan esa separación y el magistrado ordena el acomodo en el sobre que corresponda y además se realizan las correcciones que correspondan en las actas respectivas.

Es importante anotar que en las mesas escrutadas es frecuente encontrar grandes deficiencias a la hora de llenar las actas, caso que se da inclusive cuando auxiliares electorales están sustituyendo a miembros de mesa, irregularidades como declarar un voto nulo supuestamente por hacerlo público, pero no se hace la anotación correspondiente en la sección de incidencias del documento, razón por la cual el magistrado debe revalidarlo pues no hay razón expresa para justificar su invalidez. Se pide que exista anotación numérica y en letras y en muchas ocasiones no hay correspondencia entre el uno y la otra. De tal manera que se hace manifiesto el desconocimiento y la falta de consciencia en la importancia del padrón registro y la seriedad que representa una votación. Se dan casos en que las sumatorias están equivocadas o se confunden el ordenamiento de las sumatorias parciales hasta darse el caso de que el documento definitivamente no se usó.

Básicamente esta es la manera en que opera el escrutinio en el Tribunal, es necesario señalar que tanto los magistrados como el personal del Tribunal tienen un comportamiento respetuoso pero cordial con los fiscales, siempre y cuando el decoro y la decencia prevalezca en la relación, pero si existiera el caso de tratos injuriosos e irrespetuosos, el fiscal puede ser desalojado de la sesión.

Como nota final debo señalar sin que sea la posición oficial del Partido, que no puedo estar de acuerdo en que el escrutinio se realice en forma selectiva, independientemente de las razones que tenga el Tribunal, pues tenemos muy claro cuál es el comportamiento humano ante una actividad tan apasionante como la política y más concretamente en el área electoral que es la parte del proceso definitorio para obtener el poder político, de tal manera que nadie puede garantizar que las juntas que no se escrutan fueron tratadas pulcra y honestamente por parte de los seres humanos que las procesaron.

Fraternalmente

Fiscal PLN

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